Reconocen la incapacidad permanente total a una gerente de bar de Madrid tras la negativa de la Seguridad Social
El Juzgado de lo Social número 44 de Madrid ha reconocido el derecho a una Incapacidad Permanente Total (IPT) a una trabajadora autónoma dedicada a la gestión de un bar, una resolución judicial que corrige la decisión previa del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que había denegado la prestación. Esta decisión respalda así los argumentos presentados por el despacho especializado Parrado Asesores.
Según la sentencia, las patologías que sufre la demandante le provocan limitaciones anatómicas, orgánicas y funcionales de entidad suficiente para impedirle desempeñar las tareas propias de su profesión en el ámbito de la hostelería. Por ello, el tribunal concluye que concurren los requisitos necesarios para el reconocimiento de la incapacidad permanente total.
Como consecuencia, la trabajadora tendrá derecho a percibir la correspondiente prestación económica derivada de la incapacidad permanente total.
La demandante presentaba un cuadro clínico compuesto por hernia discal, dolor neuropático con importante hiperalgesia, dolor quemante, temblores, adormecimiento, espondilólisis y estenosis de receso lateral. A estas dolencias físicas se sumaba un trastorno depresivo recurrente grave, acreditado mediante diversos informes médicos incorporados al procedimiento.
La resolución considera acreditado que las limitaciones derivadas de estas patologías resultan incompatibles con las exigencias propias de la gestión de un establecimiento hostelero, una actividad que requiere esfuerzo físico continuado, manejo habitual de cargas, atención directa al público y capacidad para desenvolverse en situaciones de presión y responsabilidad.
Cristina Alonso, abogada de Parrado Asesores encargada de la defensa del caso, ha destacado que "la gestión de un negocio de hostelería implica una dedicación personal y directa que no puede reducirse a simples funciones de dirección o supervisión". "Las limitaciones funcionales de nuestra clienta hacían imposible el desempeño normal de su actividad profesional", agrega.
Uno de los aspectos más llamativos del procedimiento es que el propio informe del Equipo de Valoración de Incapacidades ya reflejaba restricciones para desempeñar tareas de responsabilidad, trato interpersonal fluido o trabajo bajo presión. Sin embargo, el INSS rechazó inicialmente el reconocimiento de la incapacidad en vía administrativa.
La magistrada concluye que, valoradas conjuntamente todas las patologías y su evolución durante años de tratamiento, la trabajadora se encuentra incapacitada para desarrollar las funciones habituales de su profesión como autónoma en el sector de la hostelería, caracterizada por esfuerzos constantes y una intensa interacción con clientes, empleados y proveedores.



















