Reading view

La Fiscalía pide 13 años de prisión al rapero ultra 'El Jincho' por una presunta agresión sexual tras un concierto

La Fiscalía pide 13 años de prisión al rapero ultra 'El Jincho' por una presunta agresión sexual tras un concierto

El artista se sienta en el banquillo de los acusados ante la sección cuarta de la Audiencia de Valencia junto a otro cantante conocido como Osiris El Enemy

La Fiscalía solicita una pena de 13 años de prisión para David Calvo Villa, más conocido por su nombre artístico 'El Jincho', y para el también rapero 'Osiris El Enemy' por una presunta agresión sexual a una joven tras un concierto, según ha podido confirmar elDiario.es.

La acusación pública mantiene que, el 4 de noviembre de 2023, tras un concierto en la Sala Repvblicca de Mislata (València), una de las asistentes al evento acudió acompañada de una amiga al hotel en el que se alojaban los dos raperos.

La chica subió a una de las habitaciones, donde uno de los cantantes le pidió mantener relaciones sexuales, propuesta que rechazó. Pese a ello, según el Ministerio Público, el encausado insistió y la mujer accedió ante el temor de que le ocurriera algo al estar sola.

Cuando la víctima logró salir de la habitación, se dirigió a la estancia que ocupaba el otro encausado, quien la habría forzado sexualmente, según el relato de la acusación pública.

El juicio por estos hechos se celebra el próximo 18 de junio ante la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, donde 'El Jincho', que ha defendido posturas de extrema derecha, y 'Osiris El Enemy' se sentarán en el banquillo de los acusados. 'El Jincho' ya cumplió una condena de prisión de tres años y 10 meses por un delito de detención ilegal.

Este diario ha tratado, sin éxito, de recabar la versión del acusado a través del responsable de los eventos del rapero. “No quiere hablar”, ha afirmado.

  •  

La Audiencia de Valencia condena al futbolista Rafa Mir a ocho años y medio de prisión por agresión sexual

La Audiencia de Valencia condena al futbolista Rafa Mir a ocho años y medio de prisión por agresión sexual

La sentencia impone al delantero siete años de prisión por agresión sexual y 18 meses por un delito de lesiones y condena al también futbolista Pablo Jara a dos años por agresión sexual y seis meses por un delito contra la integridad moral

Claves del juicio a Rafa Mir: un chalet de lujo, un 'after' en la piscina y dos versiones que difieren en el consentimiento

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a ocho años y medio de prisión al futbolista Rafa Mir por una agresión sexual a una joven el 1 de septiembre de 2024 en su vivienda de la urbanización Torre en Conill de Bétera.

La sentencia, que no es firme, impone al delantero siete años de prisión por agresión sexual y 18 meses por un delito de lesiones, además del alejamiento de la víctima a un mínimo de 500 metros por un plazo total de 13 años y una indemnización de 14.000 euros por las lesiones sufridas y de 50.000 euros por los daños morales causados.

El fallo condena asimismo al delantero del Elche CF a siete años de libertad vigilada posterior al cumplimiento de la pena privativa.

Por otro lado, la Audiencia de Valencia condena al también futbolista Pablo Jara a dos años de prisión por agresión sexual y seis meses por un delito contra la integridad moral contra la segunda víctima.

El fallo también impone a Jara el alejamiento de la víctima a un mínimo de 500 metros durante un plazo de cinco años y una indemnización de 280 euros por las lesiones causadas y de 6.000 euros por el daño moral sufrido.

El el caso de Pablo Jara, la sentencia le impone la medida de libertad vigilada durante los cinco años posteriores al cumplimiento de la pena privativa de libertad.

Los hechos ocurrieron en la noche del 31 de agosto al 1 de septiembre de 2024, cuando los ahora condenados conocieron a dos jóvenes en una discoteca de Valencia y se dirigieron luego al domicilio del primero de ellos, futbolista entonces del Valencia CF, para continuar la fiesta.

Agresión sexual en la piscina y el baño

En esa vivienda, según concluye la sentencia, Rafa Mir agredió sexualmente en la piscina y en un cuarto de baño a una de las chicas.

Por su parte, Pablo Jara agredió sexualmente, aunque sin llegar a tener acceso carnal, a la segunda joven en la piscina, para después echarla del chalé a empujones y dejarla en la calle semidesnuda.

La sección cuarta de la Audiencia de Valencia entiende que la prueba practicada durante el juicio ha servido “para acreditar sin fisuras la comisión de los hechos propuestos por las acusaciones”.

Entre esas pruebas destaca la declaración testifical de las dos víctimas, que los magistrados califican de “convincente, consistente y coherente”, pues ha sido “mantenida de forma invariable a lo largo de toda la tramitación de la causa”, y se ha visto también “corroborada por datos periféricos, como son la declaración de testigos y el informe forense psicológico, ratificado y explicado en el plenario por las dos peritos”.

Frente a ello, “ninguna de las alegaciones defensivas ha tenido un sustrato fáctico en el que apoyarse ni un razonamiento lógico al que tener en cuenta”, precisa la sentencia.

La sentencia deduce testimonio contra los policías locales

Además, la sección cuarta de la Audiencia de Valencia deduce testimonio por un presunto delito de falso testimonio por parte de los agentes de la Policía Local de Bétera que atendieron en un primer momento a las dos jóvenes.

Los uniformados declararon en el juicio del pasado 28 de mayo que las denunciantes aseguraron en todo momento que las relaciones sexuales habían sido consentidas, una versión diametralmente distinta a la que mantuvieron las jóvenes a lo largo de la instrucción y en la vista oral.

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Cruz Zabal, alude a “flagrante contradicción de su versión con la de las denunciantes”, a las que atribuyen “prevalencia probatoria”.

  •  

Altos cargos de Mazón y de Pérez Llorca ocultaron ante la jueza de la dana el grupo de WhatsApp de los consellers

Altos cargos de Mazón y de Pérez Llorca ocultaron ante la jueza de la dana el grupo de WhatsApp de los consellers

Tres miembros del núcleo duro del expresident en el Palau de la Generalitat guardaron silencio en sus declaraciones ante la instructora sobre el chat desvelado por la vicepresidenta Susana Camarero

Vuelco en la causa de la dana: el grupo de WhatsApp de los consellers acredita que Mazón se desentendió de todo

Ninguno de los tres altos cargos que formaban parte del chat de WhatsApp del Consell de Carlos Mazón dijeron nada sobre su existencia en sus respectivas declaraciones testificales ante la jueza de Catarroja que instruye la causa de la dana. El 'politburó' de Mazón (dos de cuyos miembros siguen en activo en el Ejecutivo de Juan Francisco Pérez Llorca) guardó silencio sobre el grupo de WhatsApp

El chat salió a la palestra casi por casualidad, cuando el pasado 10 de junio, el abogado Manolo Mata, quien representa a la acusación popular que ejerce Acció Cultural del País Valencià y que fue portavoz socialista en las Corts durante la etapa del Pacte del Botànic y conoce al dedillo las interioridades del poder autonómico, interrogó a la vicepresidenta Susana Camarero sobre si los consellers de Mazón formaban parte de algún tipo de grupo de WhatsApp del Ejecutivo (incluso la prensa conservadora reconoce que el letrado —“perro viejo”— estuvo “hábil” en la testifical). El disparo al aire de Mata (o, según apuntan varias fuentes, la certera información que manejaba de antemano) dio en la diana y afloró que el aforado Mazón, que figura personado en la causa como una suerte de 'preinvestigado' o potencial imputado, transmitió numerosas órdenes a sus consellers a primera hora de la mañana del 29 de octubre de 2024, trágica jornada que acabó con 230 fallecidos, para desconectarse del chat el resto de la jornada, mientras permanecía en la larga comida y sobremesa con Maribel Vilaplana en un reservado del restaurante El Ventorro y varios miembros del Consell alertaban prácticamente en directo del empeoramiento de la catástrofe.

Tras remolonear inicialmente ante la propuesta de su aportación voluntaria, Susana Camarero accedió finalmente a que se cotejaran los mensajes (no en vano, incluso el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, accedió a que un notario plasmara sus mensajes con Mazón del 29 de octubre de 2024, que desmentían la versión inicial que había dado).

A pesar de que se trataba de un grupo de WhatsApp del president y de sus consellers, también formaban parte del chat tres altos cargos del núcleo duro de Mazón en el Palau de la Generalitat, de menor rango orgánico, pero con galones como guardia pretoriana de Presidencia: el jefe de gabinete, José Manuel Cuenca; el secretario autonómico Cayetano García Ramírez, y el director general de Comunicación, Francisco González.

El acta notarial de Cayetano García Ramírez

García Ramírez aportó a la jueza un acta notarial con sus mensajes de WhatsApp del día de autos. El notario dio fe de que el alto cargo (actualmente secretario autonómico en la Conselleria de Economía y Hacienda) incluía el intercambio de mensajes específicamente relativos a “conversaciones individuales con diversas personas”, entre ellas Carlos Mazón, José Manuel Cuenca y Emilio Argüeso, secretario autonómico de Emergencias investigado en la causa junto con la exconsellera Salomé Pradas.

En la testifical del pasado 22 de enero, según consta en el acta de su declaración, la letrada Carmen Peris preguntó a García Ramírez sobre si “eligió” y llevó al notario unos “pantallazos concretos” de sus mensajes de WhatsApp. El testigo contestó: “A mí se me hizo un requerimiento judicial donde se me ponía todos los whatsapps vinculados con el día 29, fui con mi terminal, fui sacando los pantallazos y los cotejó [la Letrada de la Administración de Justicia, LAJ]”. También confirmó que no había borrado ninguno de los mensajes.

La aportación de cualquier tipo de comunicación del día de la dana, en relación con la gestión de la emergencia, es de carácter voluntario (al no ser doloso el presunto delito de homicidio imprudente que investiga la jueza Nuria Ruiz Tobarra). Una voluntariedad de la que también goza la defensa de la investigada Salomé Pradas, que formaba parte del chat del Consell y que sí que aportó, en una primera fase, un acta notarial con todas sus llamadas del día de la dana y, casi ocho meses después, los mensajes de WhatsApp que intercambió con Mazón y con el jefe de gabinete, José Manuel Cuenca.

Los “cientos y cientos” de whatsapps de Francisco González

El acta de cotejo de la LAJ sobre los whatsapps de Cuenca certifica que solo conservaba unos pocos mensajes con Mazón muy posteriores a la catástrofe, al haber borrado los anteriores una vez devolvió a la Generalitat formateado su terminal telefónico. La jueza, de hecho, está pendiente de la respuesta a la comisión rogatoria a la empresa WhatsApp en Estados Unidos para tratar de recuperar los mensajes. La defensa de Mazón, por su parte, declina por el momento la entrega voluntaria de sus whatsapps.

José Manuel Cuenca declaró como testigo dos veces en el marco de la causa, en interrogatorios muy centrados en sus órdenes a Pradas de la tarde de la dana. En el careo con la exconsellera investigada tampoco se hizo alusión a la existencia de un grupo de WhatsApp del Consell con información relevante para la instrucción del procedimiento.

Por su parte, del móvil de Francisco González, director general en Presidencia tanto con Mazón como con Pérez Llorca, apenas se cotejaron dos llamadas telefónicas sobre la gestión de la emergencia. En su testifical del pasado 25 de febrero, según indica el acta de su declaración, el testigo explicó genéricamente que recibía “cientos y cientos de whatsapps cada día” como director general de Comunicación.

  •  
❌