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"Si te jubilas anticipadamente este mes puedes cobrar más dinero para toda tu jubilación": el aviso de una asesora financiera

En España, como bien es sabido, las pensiones de jubilación constituyen la principal fuente de ingresos para millones de personas en España y representan una de las partidas más relevantes del sistema público de protección social. Según los datos de la Seguridad Social correspondientes a mayo de 2026, se abonaron 10.480.593 pensiones a aproximadamente 9,5 millones de personas, consolidando un volumen de gasto que mantiene al sistema en el centro del debate económico y demográfico. Estas cifras reflejan la importancia que tiene la jubilación para garantizar la estabilidad económica de una parte muy significativa de la población.

Dentro de ese total, 6,7 millones de pensiones correspondieron a la modalidad de jubilación, con un gasto conjunto de 10.533 millones de euros, lo que equivale al 73,3% de la nómina total del sistema. La pensión media de jubilación se situó en 1.572 euros mensuales, lo que supone un incremento del 4,4% respecto al año anterior, reflejando una tendencia de revalorización sostenida en los últimos ejercicios. Este aumento permite mantener el poder adquisitivo de los pensionistas frente a la evolución de los precios.

En este contexto, cada vez más trabajadores se preguntan cuál es el momento más adecuado para retirarse y cómo influye la fecha exacta de jubilación en la cuantía final que van a percibir. La decisión no siempre es sencilla, ya que intervienen factores como los años cotizados, la edad legal de acceso y los coeficientes reductores en caso de jubilación anticipada. Según explica la asesora financiera María Martínez Lafuente, dada a conocer en redes sociales por sus contenidos divulgativos, existe incluso un mes del año en el que jubilarse anticipadamente puede tener un impacto positivo en la pensión futura. Se trata de un aspecto que suele pasar desapercibido para muchos futuros jubilados.

Diciembre, el mes más interesante para jubilarse

La experta, apoyándose en la información de Alfonso Muñoz, funcionario del INSS, señala que diciembre puede ser especialmente relevante para quienes estén valorando la jubilación anticipada. Tal como explica, el hecho de que la pensión comience antes de finalizar el año puede permitir beneficiarse de la revalorización anual que se aplica con la llegada del nuevo ejercicio, lo que puede traducirse en una mejora acumulada de la prestación a largo plazo. Esta circunstancia, aunque poco conocida, puede influir en la planificación económica de la jubilación. Por ello, recomienda estudiar cuidadosamente el calendario antes de presentar la solicitud.

¿Cuándo debes jubilarte sin recurres a la modalidad anticipada?

Además, la asesora advierte de que no siempre resulta óptimo jubilarse exactamente 24 meses antes de la edad ordinaria. En algunos casos, retrasar unos meses la decisión puede reducir de forma significativa los coeficientes reductores aplicados por la Seguridad Social en la pensión. Este ajuste puede suponer diferencias de cientos de euros mensuales que se mantienen durante toda la vida del pensionista. Una pequeña espera puede traducirse en una mejora económica considerable a largo plazo. También puede ayudar a minimizar el impacto de las penalizaciones sobre la prestación.

La asesora incide en el análisis de cada situación

Por ello, insiste en la importancia de analizar cada caso de forma individual antes de tomar una decisión definitiva. Una planificación inadecuada puede derivar en pérdidas acumuladas de decenas de miles de euros a lo largo de los años de jubilación. La conclusión que subraya la experta es clara: la cuestión no es únicamente cuándo dejar de trabajar, sino si el momento elegido es realmente el más beneficioso para la situación económica personal del futuro pensionista. Contar con asesoramiento especializado puede ser clave para evitar errores difíciles de corregir en el futuro. Además, permite tomar decisiones más ajustadas a las circunstancias de cada trabajador.

© AP

¿Cuánto se pierde por cada año de jubilación anticipada?
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Una trabajadora extingue su contrato porque la empresa grabó conversaciones privadas: 335.000 euros de indemnización

El derecho a la intimidad constituye una de las garantías fundamentales reconocidas a todos los ciudadanos y protege la esfera privada de las personas frente a injerencias indebidas. Este principio, recogido en el artículo 18 de la Constitución Española, no desaparece por el hecho de desarrollar una actividad profesional. Los trabajadores mantienen su derecho a la privacidad incluso dentro de la empresa, especialmente cuando se trata de conversaciones personales o comunicaciones que no están destinadas al conocimiento de terceros.

En el ámbito laboral, este derecho puede verse comprometido por el uso de herramientas tecnológicas capaces de registrar comunicaciones, imágenes o sonidos. Aunque las empresas disponen de determinadas facultades de control y supervisión de la actividad laboral, dichas actuaciones deben respetar siempre los derechos fundamentales de los empleados. Cuando una organización accede a conversaciones privadas sin consentimiento o utiliza información obtenida de forma irregular para tomar decisiones laborales, puede llegar a incurrir en una vulneración de derechos con importantes consecuencias jurídicas.

Precisamente esta cuestión ha sido analizada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en una sentencia que ha tenido una gran repercusión. El caso afecta a una trabajadora de un grupo financiero que logró extinguir su contrato de trabajo con derecho a indemnización después de que la empresa utilizara conversaciones privadas grabadas accidentalmente a través de Microsoft Teams. La resolución judicial concluyó que se vulneraron tanto el derecho a la intimidad como el secreto de las comunicaciones, lo que dio lugar a una compensación económica cercana a los 335.000 euros.

Graban conversaciones privadas sobre indemnizaciones

Los hechos se remontan a mayo y junio de 2024, cuando se celebraron varias reuniones laborales mediante la aplicación Teams. Tras finalizar algunos de esos encuentros, uno de los participantes olvidó cerrar o desactivar correctamente la aplicación, por lo que el sistema continuó grabando durante horas conversaciones que ya no formaban parte de ninguna reunión profesional. En esas conversaciones participaban la trabajadora, el entonces consejero delegado y otro consejero de la compañía. Según quedó acreditado en el procedimiento, los participantes creían que la reunión había terminado y hablaron sobre cuestiones relacionadas con eventuales estrategias para obtener indemnizaciones mediante modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras cosas.

La trabajadora se da de baja y demanda a la empresa

Meses después, la nueva dirección de la empresa tuvo acceso a esas grabaciones y convocó a la trabajadora para comunicarle que había perdido la confianza en ella debido al contenido de las conversaciones escuchadas. Ante esta situación, la empleada, que acumulaba más de veinte años de trayectoria en la entidad y ocupaba un puesto de responsabilidad, presentó una demanda solicitando la extinción indemnizada de su contrato al amparo del Estatuto de los Trabajadores. Argumentó que la empresa había utilizado conversaciones privadas obtenidas sin su consentimiento, había accedido a comunicaciones confidenciales y había vulnerado tanto su derecho a la intimidad como el secreto de las comunicaciones.

El procedimiento comenzó en el Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao, que desestimó la demanda, consideró válidas las grabaciones como prueba y llegó incluso a imponer a la trabajadora una multa de 4.500 euros por apreciar mala fe y temeridad procesal. Sin embargo, la empleada recurrió la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. La Sala examinó el caso en la STSJ PV 1713/2026, y llegó a una conclusión completamente distinta. El tribunal consideró probado que la trabajadora nunca fue informada de que seguía siendo grabada, que no prestó consentimiento alguno y que no tuvo responsabilidad en el error cometido por otro participante al dejar activa la aplicación.

Más de 335.000 euros entre todas las idemnizaciones

Además, destacó que existía una expectativa legítima de privacidad una vez terminada la reunión y que la empresa tenía la obligación de proteger la confidencialidad de las comunicaciones realizadas mediante herramientas digitales. Por ello declaró vulnerados los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18 de la CE y reconoció a la trabajadora una indemnización de 328.491,62 euros por la extinción del contrato equivalente a un despido improcedente, además de otros 7.501 euros por daños morales derivados de la vulneración de su intimidad. Sin embargo, todavía puede ser recurrida en el Alto Tribunal.

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¿Se pueden cobrar dos pensiones de incapacidad permanente a la vez? Esto es lo que dice la Seguridad Social

Las pensiones contributivas continúan marcando cifras récord en España. Según los datos oficiales de la Seguridad Social, en la nómina correspondiente al mes de mayo de 2026 se abonaron 10.480.593 pensiones a cerca de 9,5 millones de personas. El desembolso alcanzó los 14.365 millones de euros, consolidando la tendencia de crecimiento del gasto en prestaciones que se viene registrando durante los últimos años. Este volumen de beneficiarios pone de manifiesto la dimensión que tiene actualmente el sistema público de protección social en España.

Aunque las pensiones de jubilación concentran la mayor parte de ese importe, las prestaciones por incapacidad permanente también tienen un peso relevante dentro del sistema. Durante mayo de 2026, la Seguridad Social abonó alrededor de 1,05 millones de pensiones de incapacidad permanente, con una nómina total de 1.326,1 millones de euros. Estas cifras reflejan la importancia de una prestación destinada a proteger a quienes ven reducida o anulada su capacidad laboral por enfermedad o accidente. Además, muestran el impacto económico que este tipo de prestaciones tiene dentro del conjunto del gasto en pensiones.

Precisamente el elevado número de beneficiarios hace que surjan dudas frecuentes sobre el funcionamiento de estas prestaciones. Una de las preguntas más habituales es si una misma persona puede cobrar dos pensiones de incapacidad permanente al mismo tiempo. La respuesta de la Seguridad Social es que sí puede ocurrir, aunque únicamente en determinados supuestos y siempre bajo unas condiciones muy concretas establecidas por la legislación vigente. Se trata de una posibilidad poco conocida que afecta especialmente a trabajadores que han cotizado en distintos regímenes a lo largo de su vida laboral.

¿Puedes cobrar dos pensiones de incapacidad permanente?

La norma de referencia es la Ley General de la Seguridad Social. Dentro de la misma, el artículo 163 establece con carácter general que las pensiones del Régimen General son incompatibles entre sí cuando coinciden en un mismo beneficiario. Esto significa que, por regla general, una persona no puede percibir dos pensiones contributivas procedentes del mismo régimen. Si se generan dos derechos dentro de un mismo régimen, la Seguridad Social reconocerá normalmente la prestación de mayor cuantía, aunque el beneficiario puede optar por la otra si le resulta más favorable. Sin embargo, la propia legislación contempla excepciones y permite la compatibilidad cuando las prestaciones proceden de regímenes distintos.

Así es como se pueden percibir al mismo tiempo

Para que una persona pueda percibir dos pensiones de incapacidad permanente de forma simultánea es necesario que haya generado el derecho a cada una de ellas de manera independiente y que reúna los requisitos de cotización exigidos en cada régimen. Un supuesto compatible es el de una contribuyente que trabaja como autónoma regentando una peluquería y que obtiene una incapacidad permanente total para esa actividad debido a una lesión que le impide desempeñar las tareas propias del oficio. Al mismo tiempo, desarrolla una segunda actividad como profesora de idiomas por cuenta ajena en el Régimen General, pero, posteriormente, contrae una enfermedad que le imposibilita el trabajo. Sin embargo, ambos cobros están sujetos a unas reglas.

No cobras la totalidad de las dos pensiones en estos casos

Cobrar dos pensiones no significa percibir íntegramente ambas cantidades sin límites. En este sentido, el artículo 57 de la LGSS establece que la suma de las pensiones públicas no puede superar la cuantía máxima fijada cada año. En 2026 ese límite se sitúa en 3.359,60 euros mensuales en catorce pagas. Por tanto, si la suma de las dos prestaciones supera esa cifra, la Seguridad Social reducirá el importe efectivo hasta ajustarlo al tope legal. Además, el artículo 49 de la misma ley regula las situaciones de pluriactividad en las que no se reúnen los requisitos para obtener una segunda pensión.

En esos casos, las cotizaciones realizadas en el régimen que no genera derecho pueden incorporarse para mejorar la base reguladora de la prestación reconocida, aunque sin duplicar los días cotizados ni superar la base máxima de cotización. De esta forma, la legislación permite compatibilizar dos pensiones de incapacidad permanente en circunstancias concretas, pero siempre bajo un estricto control de los requisitos y de los límites económicos establecidos por la Seguridad Social.

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Tribunal médico
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Un abogado avisa del nuevo cambio que tendrás que realizar si estas de baja médica: "A partir del 1 de septiembre"

El absentismo laboral continúa siendo una de las principales preocupaciones para las empresas españolas. Los últimos datos recopilados por Confemetal a partir de la información facilitada por las mutuas colaboradoras reflejan un aumento sostenido tanto de los costes asociados a las bajas médicas como de su duración. Durante el primer trimestre del año, la factura para las empresas alcanzó los 2.432,6 millones de euros al cierre de marzo, lo que supone un incremento interanual del 7%. Esta tendencia mantiene la inquietud en numerosos sectores productivos por su impacto en la actividad económica.

A esta cifra se suman otros 2.883,4 millones de euros destinados a prestaciones económicas derivadas de incapacidades temporales por contingencias comunes. Además, la duración media de las bajas ha aumentado un 22,5% y se sitúa ya cerca de los 49 días. La ejecución presupuestaria hasta marzo también muestra un crecimiento del 10% en las prestaciones por incapacidad temporal, una evolución que apunta a que la factura anual podría superar los 20.000 millones de euros. Los datos reflejan una presión creciente tanto para las empresas como para el sistema de protección social.

En este contexto de incremento de las bajas laborales y de mayor presión sobre el sistema, la Seguridad Social avanza en la digitalización de sus procedimientos. Uno de los cambios más relevantes afectará directamente a quienes estén percibiendo prestaciones o se encuentren inmersos en procesos de incapacidad temporal o permanente. Sobre esta novedad ha alertado Ignacio de la Calzada, abogado laboralista conocido en redes sociales por sus contenidos divulgativos sobre los derechos laborales de los trabajadores, quien ha explicado las implicaciones prácticas de la nueva normativa.

Lo que debes hacer a partir de septiembre si estas de baja

Según detalla el experto, a partir del 1 de septiembre de 2026 la Administración establecerá con carácter general la obligatoriedad de las notificaciones electrónicas para quienes estén cobrando una baja médica, perciban una incapacidad permanente o hayan iniciado procedimientos relacionados con prestaciones de la Seguridad Social. La medida forma parte del proceso de modernización administrativa y busca que las comunicaciones oficiales se realicen preferentemente por medios digitales. El objetivo es agilizar los trámites y reducir los tiempos de gestión de los expedientes.

La excepciones que incluye la legislación

La reforma se articula a través de la Orden ISM 541/2026 y, aunque apuesta claramente por la vía electrónica, contempla algunas excepciones. De la Calzada recuerda que determinados trámites podrán seguir realizándose de forma presencial en algunos supuestos. Así, una persona que no haya recibido una notificación podrá acudir a una oficina de la Seguridad Social para ser informada directamente. Asimismo, la norma prevé cierta flexibilidad cuando no existan datos de contacto electrónicos disponibles para remitir avisos. En esos casos, las comunicaciones podrán seguir llegando en formato papel para garantizar que el ciudadano reciba la información.

Las recomendaciones del abogado para no cometer errores

El abogado insiste en que los afectados deben prepararse con antelación para evitar problemas administrativos. Recomienda comprobar que los certificados digitales funcionan correctamente y actualizar los sistemas de identificación electrónica disponibles. La advertencia no es menor, ya que una notificación electrónica puede entenderse como practicada aunque el interesado no la haya revisado, lo que puede provocar la pérdida de plazos para presentar alegaciones o recursos. Por ello, quienes se encuentren de baja médica o tramiten una incapacidad deberán prestar especial atención a las comunicaciones que reciban a partir del próximo 1 de septiembre.

Un grupo de personas, entre ellos varios trabajadores con baja por incapacidad temporal, antes de ser valorados por los especialistas médicos, en el nuevo Hospital de Burgos
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Esta es la razón por la que los bares y restaurantes cobrarán un suplemento por cada botella vendida a partir de noviembre

La gestión de los residuos de envases se ha convertido en uno de los grandes retos ambientales de la Unión Europea, que desde hace años impulsa una transición hacia la economía circular. De esta manera se pretende, a nivel comunitario, reducir los residuos de un solo uso y asegurar que los envases puestos en el mercado no terminen abandonados o mal gestionados. Para ello, Bruselas ha establecido un marco normativo que obliga a los Estados miembros a mejorar sus sistemas de recogida y reciclaje, elevando de forma progresiva los porcentajes mínimos exigidos.

Entre esas obligaciones destaca la necesidad de alcanzar una tasa de recogida de al menos el 70% de los envases ligeros, especialmente botellas de plástico, latas y briks. Sin embargo, la situación actual en España se sitúa por debajo de ese umbral, con una recogida que en el caso de las botellas de plástico de un solo uso se queda en torno al 41,3% según datos de 2023. Esta diferencia ha generado preocupación en las instituciones europeas, ya que el incumplimiento sostenido de los objetivos puede derivar en sanciones económicas para los Estados miembros. La presión comunitaria ha llevado a acelerar reformas en varios países que aún no alcanzan los niveles exigidos.

En este contexto, el Gobierno ha decidido acelerar la implantación de un nuevo sistema de gestión de envases que transformará el modelo actual de consumo. La medida responde tanto a la necesidad de mejorar las tasas de reciclaje como a la presión regulatoria europea, y busca corregir las deficiencias del sistema basado únicamente en contenedores de recogida selectiva, que no ha logrado alcanzar los niveles exigidos. Por ende, el principal propósito es incentivar directamente al consumidor para que devuelva los envases en lugar de desecharlos. Esta estrategia pretende además reducir el volumen de residuos urbanos y mejorar la eficiencia del tratamiento de materiales reciclables.

El Sistema de depósito y devolución para fomentar el reciclaje

A partir de noviembre de 2026 entrará en vigor el Sistema de Depósito, Devolución y Retorno. Este modelo obliga a pagar un importe adicional por cada envase, que no es un impuesto sino un depósito recuperable. El importe estimado será de unos diez céntimos por unidad, aplicable a botellas de plástico, latas y briks de hasta tres litros. La clave del sistema es que ese dinero se recupera íntegramente cuando el envase se devuelve en un punto autorizado, ya sea en el mismo establecimiento o en máquinas específicas. El objetivo es convertir cada envase en un elemento con valor económico que incentive su retorno.

¿Dónde se aplicará este modelo de compra?

Este mecanismo se aplicará de forma generalizada en bares, restaurantes, supermercados y tiendas de alimentación. Los establecimientos estarán obligados a cobrar el depósito en cada venta y a aceptar la devolución de envases, incluso si no fueron adquiridos en ese local. Para facilitar el proceso, se instalarán máquinas automáticas capaces de leer el código de barras del envase y gestionar el reembolso de forma inmediata, además de sistemas manuales en comercios más pequeños. Además, se prevé una adaptación progresiva del sistema para evitar problemas logísticos en la fase inicial de implantación.

Siguiendo el ejemplo de otros países europeos

El impacto previsto de esta medida es significativo tanto en el comportamiento del consumidor como en la logística del sector. Aunque el coste inicial en el ticket de compra aumentará, el sistema está diseñado para ser neutral económicamente si se devuelve el envase. Países como Alemania o Dinamarca ya aplican modelos similares con altos niveles de eficacia en reciclaje. En el caso español, se preve que esta medida eleve de forma sustancial la tasa de recuperación de envases para acercarse a los estándares europeos, reducir la basura dispersa y evitar posibles sanciones. Esta transformación busca además consolidar una cultura de consumo más responsable y alineada con la sostenibilidad.

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Imagen de archivo de un camarero
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