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La Seguridad Social permite cobrar dos pensiones de jubilación a la vez si cumples este requisito

9 June 2026 at 13:45

Después de toda una vida en el mercado laboral, millones de trabajadores comparten un mismo objetivo: llegar a la jubilación con suficientes años cotizados para garantizarse la mejor pensión posible. La mayoría asume que, al finalizar su carrera profesional, tendrá derecho a una única prestación. Sin embargo, la Seguridad Social contempla una excepción poco conocida que permite a determinados trabajadores cobrar dos pensiones de jubilación al mismo tiempo, siempre que hayan generado ese derecho en regímenes diferentes y cumplan los requisitos exigidos por la normativa.

Con carácter general, el sistema impide cobrar simultáneamente dos pensiones contributivas, ya sean dos de jubilación o una de jubilación y otra de incapacidad permanente. No obstante, la propia Seguridad Social aclara que una persona puede tener derecho a dos prestaciones "siempre que cumpla los requisitos exigidos por separado en cada régimen".

Esta posibilidad también está recogida en el artículo 163 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece que las pensiones del Régimen General serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario, salvo que exista una disposición legal o reglamentaria que indique lo contrario.

Requisitos para cobrar dos pensiones

La clave para acceder a dos pensiones de jubilación es haber cotizado en regímenes diferentes. El caso más habitual es el de trabajadores que han desarrollado parte de su carrera profesional como asalariados en el Régimen General y otra como autónomos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), aunque la norma es aplicable a cualquier combinación de regímenes.

En cada uno de ellos debe haberse generado el derecho a la jubilación de forma independiente. Esto implica acreditar al menos 15 años de cotización, de los cuales dos deben encontrarse dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de solicitar la prestación.

Si el trabajador no se encuentra dado de alta en ambos regímenes cuando presenta la solicitud, la Seguridad Social exige que las cotizaciones de los distintos sistemas se hayan superpuesto durante un mínimo de 15 años.

¿Cómo se calcula la cuantía?

La cuantía de cada pensión se calcula por separado y posteriormente ambas cantidades se suman. Desde el 1 de enero de 2026, la Seguridad Social aplica un sistema dual para determinar la base reguladora y utiliza automáticamente la fórmula que resulte más favorable para el trabajador.

La primera opción consiste en tomar las bases de cotización de los últimos 25 años y dividirlas entre 350. La segunda, introducida por la reforma de pensiones, selecciona las 302 mejores bases de cotización de los 304 meses previos a la jubilación y las divide entre 352,33, descartando así las dos mensualidades menos favorables. Una vez obtenida la base reguladora, se aplica el porcentaje correspondiente según los años cotizados. En 2026 será necesario acreditar 36 años y seis meses para alcanzar el 100% de la prestación.

Pese a ello, la suma de ambas pensiones no podrá superar el límite máximo fijado para 2026, situado en 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales distribuidos en 14 pagas.

¿Qué ocurre si no se cumplen los requisitos?

Cuando no se reúnen las condiciones necesarias para generar dos pensiones independientes, las cotizaciones no se pierden. En esos casos entra en juego el denominado cómputo recíproco entre regímenes, que permite sumar los periodos cotizados para acceder a una única prestación.

Además, en situaciones de pluriactividad, cuando un trabajador cotiza simultáneamente en varios regímenes, no se contabilizan dos días de cotización por cada jornada trabajada. Lo que sí se acumulan son las bases de cotización, siempre dentro de los límites máximos establecidos por la normativa.

Existen varios métodos para darle un empujón a las pensiones de jubilación de los trabajadores
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